Hay decretos que pasan desapercibidos entre tecnicismos administrativos y lenguaje burocrático. Y hay otros que revelan con crudeza la verdadera concepción de poder que tiene un gobierno. El Decreto 50/026 del 12 de marzo de 2026 aprobado Poder Ejecutivo encabezado por Yamandú Orsi,y vigente desde el primero de mayo de 2026, particularmente en su artículo 4 literal f), pertenece claramente a esta última categoría.
Bajo la excusa de la “fiscalización”, la “trazabilidad” y el “control”, el gobierno nacional intenta abrir una peligrosa puerta de ingreso a la vida privada de los ciudadanos. No se trata simplemente de una regulación administrativa. Se trata de un avance directo y profundamente preocupante sobre derechos fundamentales protegidos por la Constitución de la República.
Tal como lo señaló el Abogado Constitucionalista Dr. Eduardo Lust en su análisis público del decreto, estamos frente a un mecanismo indirecto para vulnerar el secreto bancario y acceder a información económica privada de las personas por una vía oblicua, encubierta y jurídicamente cuestionable.
Eso es precisamente lo más grave.
El gobierno no plantea frontalmente eliminar garantías constitucionales porque sabe perfectamente que no podría hacerlo sin un enorme costo político y jurídico. Entonces opta por un camino más sofisticado: construir mecanismos administrativos que terminan produciendo el mismo efecto práctico. Es la lógica clásica del avance gradual del Estado sobre las libertades individuales.
El artículo 4 literal f) del decreto habilita una expansión interpretativa extremadamente peligrosa sobre el acceso y tratamiento de información económica y patrimonial de los ciudadanos. Y allí aparece el núcleo del problema constitucional.
Porque el secreto bancario no es un “privilegio” del ciudadano. Es una garantía democrática. Forma parte del derecho a la privacidad, de la protección de los datos personales, de la libertad individual y de la seguridad jurídica.
Cuando el Estado comienza a normalizar mecanismos para conocer movimientos, hábitos económicos, operaciones o información financiera sin las garantías constitucionales correspondientes, lo que está en juego no es solamente un trámite administrativo: lo que está en juego es la libertad.
Y cuando un gobierno considera que puede relativizar derechos fundamentales mediante decretos reglamentarios, estamos frente a una señal institucional extremadamente grave.
Ningún gobierno democrático debería acostumbrarse a invadir la esfera privada de los ciudadanos bajo la excusa del control estatal.
La Constitución uruguaya no fue diseñada para proteger al poder político. Fue diseñada precisamente para limitarlo.
Por eso resulta alarmante observar cómo el gobierno de Orsi y el ministro Gabriel Oddone parecen avanzar hacia un modelo donde el ciudadano deja de ser titular de derechos y pasa a convertirse en objeto permanente de vigilancia administrativa.
Lo preocupante es que todo esto ocurre envuelto en un discurso técnico, aparentemente moderado, casi inocente. Pero detrás del lenguaje burocrático se esconde una filosofía política profundamente peligrosa: la idea de que el Estado tiene derecho a saberlo todo.
Y cuando el Estado pretende saberlo todo, inevitablemente termina controlándolo todo.
Las democracias no mueren únicamente mediante golpes de Estado. También pueden deteriorarse lentamente cuando los gobiernos erosionan garantías constitucionales en nombre de la eficiencia, la transparencia o la regulación.
La historia demuestra que los regímenes con tendencias totalitarias nunca comienzan suprimiendo libertades de forma abrupta. Empiezan justificando pequeñas excepciones, pequeños controles, pequeños avances administrativos “por el bien común”.
Hasta que un día los ciudadanos descubren que entregaron su privacidad, su libertad y su seguridad sin siquiera advertirlo.
El problema central de este decreto no es solamente jurídico. Es filosófico, político y moral.
¿Qué concepción del ciudadano tiene un gobierno que pretende acceder indirectamente a información protegida?
¿Qué concepción republicana puede existir detrás de un mecanismo que debilita garantías individuales mediante disposiciones reglamentarias?
¿Qué límites reconoce realmente un gobierno que considera admisible avanzar sobre la privacidad económica de las personas?
La República se sostiene sobre límites claros al poder.
Cuando esos límites se relativizan, cuando se pretende naturalizar que el Estado pueda observar, registrar o acceder cada vez más profundamente a la vida privada de los ciudadanos, el equilibrio democrático comienza a romperse.
Uruguay tiene una larga tradición republicana, liberal y garantista. Precisamente por eso resulta inadmisible que se impulse una normativa que muchos juristas consideran incompatible con principios constitucionales esenciales.
El derecho a la privacidad, a la libertad, a la protección de la información personal y a la seguridad jurídica no pueden quedar subordinados a la discrecionalidad administrativa del gobierno de turno.
Porque hoy el problema puede parecer lejano.
Pero mañana puede ser demasiado tarde.
Defender las garantías constitucionales nunca es exagerado. Exagerado es permitir que el poder avance sin resistencia.
Por la libertad, la seguridad y la privacidad, en Salto y en Uruguay: nunca más FA.
